BENEFICIOS DEL GOBIERNO

Beneficios de Seguro Social

Algunos de los familiares del fallecido pueden recibir beneficios del Seguro Social si la persona fallecida trabajó el tiempo suficiente bajo el Seguro Social para calificar para los beneficios. Debe ponerse en contacto con el Seguro Social lo antes posible para asegurarse de que la familia reciba todos los beneficios a los que pueda tener derecho.

¿Cómo me comunico con la Administración del Seguro Social?

Lea atentamente la siguiente información para saber qué beneficios pueden estar disponibles.


Se puede pagar un pago único de $255 al cónyuge sobreviviente si vivía con el fallecido; o, si vivían separados, recibían ciertos beneficios del Seguro Social en el registro del fallecido. Si no hay cónyuge sobreviviente, el pago se realiza a un hijo que sea elegible para recibir beneficios en el registro del fallecido en el mes de su muerte.

Ciertos miembros de la familia pueden ser elegibles para recibir beneficios mensuales, que incluyen:

    Una viuda o viudo de 60 años o más (50 años o más si está discapacitado); Un cónyuge sobreviviente de cualquier edad que esté cuidando al hijo del fallecido menor de 16 años o discapacitado; Un hijo soltero del fallecido que sea menor de 18 años (o 18 o 19 años si es estudiante de tiempo completo en una escuela primaria o secundaria); o 18 años o más con una discapacidad que comenzó antes de los 22 años; padres, 62 años o más, que dependían del fallecido para al menos la mitad de su sustento; y Un cónyuge divorciado sobreviviente, bajo ciertas circunstancias.


El sitio web del Seguro Social es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social.

¿Cómo me comunico con la Administración del Seguro Social?

Si necesita informar una muerte o solicitar beneficios, o tiene preguntas sobre cómo calificar para recibir beneficios de sobreviviente, llame al 1-800-772-1213. Hay información adicional disponible en línea en ssa.gov/benefits/survivors.

Reembolso de FEMA

Cómo aplicar


Número de línea de asistencia funeraria COVID-19


Las solicitudes comienzan el 12 de abril de 2021844-684-6333 | Teléfono de texto: 800-462-7585


Horario de atención: de lunes a viernes de 9 a. m. a 9 p. m., hora del este

La pandemia de COVID-19 ha causado un dolor abrumador a muchas familias. La misión de FEMA es ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres, y está dedicada a ayudar a aliviar parte del estrés y la carga financiera causados por el virus.

Según la Ley de Asignaciones Suplementarias de Respuesta y Alivio al Coronavirus de 2021 y la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, FEMA brinda asistencia financiera para los gastos funerarios relacionados con COVID-19 incurridos después del 20 de enero de 2020.

Para obtener más información sobre los requisitos de elegibilidad de este programa y el proceso de solicitud, visite https://www.fema.gov/disasters/coronavirus/economic/funeral-assistance

PONERSE EN CONTACTO

Comuníquese con la Capilla Conmemorativa de Emmerson-Bartlett

Comuníquese con nosotros si tiene alguna pregunta, comentario o inquietud y tenga la seguridad de que le responderemos a la brevedad. Su comodidad y tranquilidad son nuestras principales prioridades y estamos aquí para apoyarlo en cada paso del camino.

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